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Sunarp: Ya no será necesario formulario notarial para cambios en vehículos
20 de Agosto del 2021 - Código tributario
Sunarp: Ya no será necesario formulario notarial para cambios en vehículos
Disponen la eliminación del “Formulario de seguridad del Colegio de Notarios con firma legalizada del propietario con derecho inscrito o de su representante”.
Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 103-2021-SUNARP/SN, publicado el 12 de agosto de 2021 en El Peruano, se dispuso modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).
Esta modificación expresamente señala la eliminación del requisito referido a la presentación del “Formulario de seguridad del Colegio de Notarios con firma legalizada del propietario con derecho inscrito o de su representante” de diversos procedimientos señalados en el TUPA de dicha institución registral.
Aquellos procedimientos registrales que eliminaran el formulario antes señalado son los que se encuentran relacionados i) al cambio de categoría y modificación de características de vehículos y los relacionados ii) al servicio de publicidad registral simple.
En relación al primero, la normativa señala que el formulario se suprime para los siguientes procedimientos registrales:
1. Cambio de categoría.
2. Cambio de categoría a vehículo especial.
3. Traslado o cambio de carrocería de un vehículo registrado a otro inmatriculado o por registrar.
4. Cambio de color.
5. Cambio de motor.
6. Traslado de motor de vehículo registrado a otro inmatriculado o por registrar.
7. Modificación de pesos y de fórmula rodante de un vehículo de la categoría M3.
8. Rectificación de categoría de vehículos importados.
9. Rectificación de categoría
En relación al segundo, solo se suprime para el procedimiento de duplicado de tarjeta de identificación vehicular.
FUENTE: laley.pe