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  • Recaudarán S/ 200 millones más por IGV a Airbnb, Uber, Netflix y Spotify

    11 de Diciembre del 2019 - Código tributario

    La cobranza del IGV a las empresas de aplicativos que brindan servicios digitales podría incrementar la recaudación tributaria hasta por S/ 200 millones

    Tal como adelantó Gestión, Claudia Suárez, superintendente de Sunat, confirmó que se empezará a cobrar IGV por el pago de servicios digitales mediante aplicativos de empresas no domiciliadas, como Netflix, Spotify, Uber y Airbnb a partir del 2020 (Gestión 24.10.2019).

    En sus declaraciones a Gestión, Suárez indicó que hoy en día no se cobran entre S/ 150 y S/ 200 millones por transacciones realizadas por aplicativos digitales, por lo que es necesario fiscalizar el mercado lo antes posible.

    La superintendente declaró que son 6 o 7 aplicativos principales, los cuales generan la mayor cantidad de impuestos impagos.

    Agregó que además es una medida necesaria, debido a que, de no implementarse, se estaría cobrando IGV a empresas locales pero no a las extranjeras, creando desbalance en el mercado.

    Aplicativos implicados

    Suárez recalcó que esta norma solo comprenderá servicios digitales ofrecidos por empresas no domiciliadas. Es decir, extranjeras.

    Agregó, además, que esto alcanzará a aplicativos que ofrezcan servicios de “taxis, repartos, Netflix y todo lo que es streaming en general”.

    En sus declaraciones, mencionó que se estaría fiscalizando a Uber, Spotify, Airbnb, Cabify y Netflix.

    En el caso de algunas plataformas, como Airbnb, donde existe un pago a un agente domiciliado en el Perú, Suárez aclaró que se estaría cobrando el IGV solo a las regalías cobradas por el aplicativo, medida que se extendería a otros aplicativos que operen de forma similar.

    Metodología

    La Sunat ya envió una propuesta normativa para el cobro del IGV a estas empresas al MEF, proponiendo que se utilice un método de cobranza mediante retención.

    “Si se paga con Visa, Visa será el encargado de retener el pago”, indicó Suárez. “No se le va a pedir a cada ciudadano que este sea el que retenga”.

    Para elaborar este modelo se han visto los ejemplos de Argentina, México y España, donde ya se hacen este tipo de cobros.

    De acuerdo a Suárez, la eventual norma será aprobada por el Congreso o mediante un decreto de urgencia, ya que es necesario que tenga rango de ley. “Debemos ver si encaja en un supuesto regulable mediante un decreto de urgencia” aclaró.

    Frente a la duda de muchos tributaristas acerca de la posibilidad de cobro de IGV a no domiciliados que no realicen comercio habitual en el territorio, Suárez confirmó que se iba a trabajar una excepción a la normativa regular, al igual que se hace con la importación de bienes.

    Como se indicó anteriormente, Sunat declaró que esto no debería afectar el precio de servicios como Netflix, puesto que el contrato ya señala que se está cobrando el impuesto por ventas.

    Fuente:

    Diario Gestión, miércoles, 11 de diciembre de 2019

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