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Multas que se generarán por no cumplir con pagar la gratificación y la bonificación extraordinaria
06 de Diciembre del 2017 - Código tributario
El 15 de diciembre se vence el plazo para que los empleadores cumplan con 2 obligaciones: abonar la gratificación a sus trabajadores y abonar la bonificación extraordinaria regulada por la Ley N° 30334, respecto al importe que el empleador en lugar de entregar a Essalud, se ve obligado a abonar al trabajador.
En caso el empleador no cumpla con el pago íntegro y oportuno, se comete una infracción grave en materia de relaciones laborales, pudiendo los empleadores ser multados por la SUNAFIL hasta por la suma de S/. 202,500.
En relación a estos incumplimientos, la SUNAFIL ha emitido la Resolución de Superintendencia N° 233-2017-SUNAFIL, en la que señala que en caso se incumpla con el pago de la gratificación de diciembre será sancionado con dos infracciones; esto es, por no abonar de forma oportuna el citado beneficio y por no cumplir con el pago adicional de la bonificación extraordinaria regulada por la Ley N° 30034, es decir, se considerarán infracciones independientes.
Esto generaría la imposición de multas entre los S/ 1,012.5 hasta los 202,500 soles, lo cual se determinará según el tipo de empresa y trabajadores afectados.
Fuente: El Peruano