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  • Establecen un sistema específico de tributación del ISC para los casinos y tragamonedas

    25 de Septiembre del 2018 - Código tributario

    Con fecha 13 de setiembre de 2018, se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1419 que tiene por finalidad incorporar dentro del ámbito de aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo a los juegos de casino y máquinas tragamonedas teniendo en cuenta que el consumo de estos servicios de la industria del juego genera externalidades negativas. De este modo, además, se coadyuva a la coherencia y homogeneización de la tributación sectorial del juego.

    Con estas modificaciones ahora los establecimientos pagarán impuestos por cada mesa de casinomáquina tragamonedas. Así el artículo 60° modificado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo dispone: 

     "El Impuesto se determina aplicando un monto fijo por cada mesa de juegos de casino y por cada máquina tragamonedas, respectivamente, que se encuentren en explotación".

    Detalla, además, que el impuesto que pague cada máquina y mesa "en ningún caso es inferior al monto fijo establecido para el primer nivel de ingresos netos".

    Para las máquinas tragamonedas que reporten un ingreso neto mensual de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), el monto fijo es de 1.5% de una UIT. Las que ganen entre 1 y 3 UIT, el monto es de 7.5% de una UIT. Y para las máquinas que reporten más de 3 UIT al mes, el monto es de 27% de una UIT.

    Es decir, dependiendo de su nivel de ingresos, cada máquina pagará entre S/62.25 y S/1,120.5.

    En el caso de los juegos de casino, las mesas que sumen un ingreso neto promedio mensual de hasta 4 UIT tienen 12% de una UIT de monto fijo. Las que reporten entre 4 y 10 UIT, tienen 32% de una UIT. Mientras que las mesas con ingresos superiores a las 10 UIT, encuentran un monto fijo de 72% de una UIT.

    De la misma manera, una mesa con bajos ingresos pagará S/498 de ISC, mientras que las más rentables serán gravadas con S/2,988.

    "Cabe señalar que, a nivel internacional, esta actividad no se permite o se encuentra fuertemente regulada, gravándola con un impuesto a la actividad y un Impuesto al Consumo (el IGV o el ISC)", señaló el MEF.

    La medida entra en vigencia el 1 de enero de 2019.

     

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