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Contadores y Abogados en la mira de UIF por no reportar lavado de dinero
29 de Octubre del 2019 - Código tributario
Caso típico es el de clientes que piden a un contador o abogado que les armen una estructura para ocultar el dinero que tienen. UIF evalúa crear regulación específica a fin de que estos sectores reporten efectivamente casos sospechosos.
Marco Alva
malva@diariogestion.com.pe
Si bien ya está vigente la norma que obliga a abogados y contadores a reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero, en la práctica aún no se aplica.
Así lo reconoció Sergio Espinosa, superintendente adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), quien refirió que hay mucho por avanzar en la incorporación real de estos sectores en el sistema de prevención del país.
En el 2016, a través de un decreto supremo se incluyó a estos profesionales en la lista de sujetos obligados a reportar a la UIF. Un reglamento emitido por la SBS en marzo del 2018 terminó de delimitar las actividades sobre las que recae esa obligación.
Así, abogados o contadores que se dediquen, a su nombre o por cuenta de un tercero, a la compraventa de bienes inmuebles y acciones, a la administración de dinero, valores y cuentas del sistema financiero, deben implementar un sistema de prevención contra el blanqueo de dinero.
Asimismo, cuando realicen la organización de aportaciones para la creación, operación o administración de empresas, y cuando realicen la creación y estructuración de compañías.
“Acá no se está hablando de abogados penales que ejerzan defensa de personas y que tengan que revelar lo que su defendido les dijo”, precisó.
Caso típico
El caso típico se da cuando un cliente le pide a un abogado o contador que le arme una estructura para que no se muestre el dinero que tiene. “Ahí evaluará si la operación es sospechosa o no, para reportarla”, explicó el jefe de la UIF en el Foro Perú Rumbo a la OCDE, organizado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
A la fecha, 24 de estudios de abogados se han registrado ante la UIF y 18 de ellos tienen un oficial de cumplimiento (responsable del sistema de prevención antilavado) aprobado, detalló Espinosa.
“Enviamos circulares a muchos estudios de abogados preguntándoles si ellos hacían algunas de las operaciones (detalladas en el reglamento) y casi todos no dijeron que no. Si eso es verdad o no se verá en práctica, en cada caso”, dijo
Efectivo
Refirió que la UIF está tratando de coordinar con las directivas del Colegio de Abogados y del Colegio de Contadores para dar un contenido efectivo a la norma vigente.
“Hay la posibilidad de que salgan en algún momento regulaciones sectoriales para abogados y contadores, pero eso aún está en un proceso de discusión preliminar”, dijo Espinosa a Gestión.
Tales reglamentos contendrían una norma más específica, estimó. Asimismo, consideró que se necesita un trabajo de concientización en esos gremios de profesionales. “Cada vez que se ha ido agregando un nuevo sector, siempre ha dicho por qué yo”, refirió.
“Hay necesidad de entender que hoy el sistema de prevención del lavado integra al sistema público y al privado y le da roles en defensa de la sociedad”, destacó Espinosa.
En el combate contra la delincuencia, la corrupción y el crimen organizado, el Estado requiere la ayuda de la sociedad civil, de la empresa privada y de las actividades profesionales que tienen la capacidad de detectar operaciones sospechosas, añadió.
Abogados. UIF ha enviado circulares a muchos estudios. Contadores también deben reportar compraventa de inmuebles y acciones, entre otras operaciones.
Fuente:
Diario Gestión, martes, 29 de octubre de 2019.