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Aprueban la nueva versión del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.° 617
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Aprueban la nueva versión del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.° 617
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000151-2020/SUNAT
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de Superintendencia N.º 030-2019-SUNAT aprobó la versión 2.6 del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617, para efectos de la declaración y pago de las retenciones por concepto de Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto a la Renta de segunda categoría e Impuesto a la Renta a contribuyentes no domiciliados, entre otras retenciones;
Que, en relación con las retenciones por concepto de Impuesto a la Renta de segunda categoría, corresponde actualizar el porcentaje de retención aplicable a las rentas de obligaciones al portador u otros valores al portador pagados o acreditados por personas jurídicas, conforme al artículo 73 de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo texto único ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N.º 1261;
Que, sobre las retenciones por concepto de Impuesto a la Renta a contribuyentes no domiciliados, para coadyuvar a las acciones de control de la administración tributaria, resulta necesario incluir información sobre la aplicación de beneficios en mérito a convenios suscritos por el Perú para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria (CDI);
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación de la nueva versión del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617
Apruébase la versión 2.7 del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617.
Artículo 2. Obtención de la nueva versión del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617
La versión 2.7 del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617 estará a disposición de los interesados a partir del 1 de octubre de 2020, en SUNAT Virtual.
Artículo 3. Uso de la nueva versión del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617
El PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617 - versión 2.7 debe ser utilizado a partir del 1 de octubre de 2020, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.
Artículo 4. Uso del PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617 - versión 2.6
El PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617 - versión 2.6 solo puede ser utilizado hasta el 30 de setiembre de 2020.
FUENTE DIARIO EL PERUANO 21-09-2020